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El Factoring como Instrumento de Financiación - Factoring as a Financing Tool

Definición. Es una operación que consiste en que una persona natural o jurídica cede a un tercero una empresa de factoring (también denominada factor) los derechos sobre un crédito (facturas) con el fin de que este le provea liquidez y paralelamente le preste los servicios de administración y cobro de los instrumentos al vencimiento.  Las operaciones de factoring se pueden negociar de dos maneras:  a) “sin recurso” y b) “con recurso”.
El factoring “sin recurso” es aquella operación en que la compañía de factoring asume el riesgo que se deriva del impago o insolvencia del deudor.
El factoring “con recurso” es la operación en que el cedente o cliente de la empresa de factoring asume el riesgo del impago o insolvencia del deudor, por lo que la compañía de factoring al no recibir el pago del instrumento al vencimiento podrá devolverlo a su cliente quien debe realizar el pago y adelantar el cobro correspondiente al deudor.
Aspectos a tener en cuenta en una operación de factoring.
Por tratarse de una operación financiera, las empresas de factoring, realizan un análisis de riesgo tanto a su cliente como al deudor de las facturas, con el fin de establecer unos cupos y delimitar los riesgos. Esto significa que en una operación de factoring intervienen tres actores: a) La compañía de factoring (entidades financieras y no financieras); b) El cliente (factorado o cedente) y c) El deudor, quien es el responsable del pago.
Las operaciones de factoring pueden ser: a) Con notificación. En esta modalidad, la compañía de factoring y/o el cedente notifican al deudor la cesión del crédito por lo que el deudor queda obligado a realizar los pagos, única y exclusivamente a la compañía de factoring(factor) y b) Sin notificación. En este caso el deudor no es notificado y por tanto los pagos los realizará al cedente o factorado, quien es el obligado frente a la compañía de factoring (factor).
Costos. La tasa de una operación de factoring, al igual que cualquier operación de endeudamiento está sujeta a la negociación que realice el cliente(cedente) con la entidad financiera o compañía de factoring. Sin embargo, es importante anotar que a estas entidades les son aplicables los límites de usura que establece la legislación colombiana. (Hoy Julio 04 de 2017 el límite de usura es de 32.97% efectivo anual).
Ventajas: a) Al contar con un cupo para la realización de operaciones de factoring, el cedente cuenta con un mecanismo ágil y flexible para atender sus necesidades de capital de trabajo a corto plazo, pues en nuestro medio, las facturas generalmente tienen plazos de pago entre 30 y 120 días; b) Se obtiene en forma inmediata una mejora en algunos índices financieros de la compañía tales como, la rotación de cartera y la liquidez medida como  una mayor disponibilidad de caja; c) La mayor liquidez, permite obtener beneficios de una capacidad de pago más oportuna con sus proveedores; d) Reducción en la gestión de cobro y los costos involucrados en ello; e) Reducción en los riesgos de incumplimientos de cobros y pagos, permitiendo una proyección más acertada en el flujo de caja.
Desventajas: a) El costo puede resultar alto en comparación con otras alternativas de financiación, ej.: Créditos ordinarios, Créditos de tesorería; b) Deterioro de imagen cara al cliente, toda vez que los clientes pueden presumir dificultades financieras en la compañía cedente; c) Disminución en el nivel de relación con el cliente, por la entrada de un tercero en la operación(Factor).
La factura electrónica y el factoring. La reglamentación de la factura electrónica mediante el decreto 2242 de 2015, se puede considerar como una contribución al dinamismo en las operaciones de factoring, puesto que: a) Se reducirán los riesgos de manejo y pérdida de los documentos físicos; b) Habrá reducción en los fraudes y falsificación de facturas; c) Se agilizarán los procesos de trámite haciéndolos más eficientes y seguros; d) Se reducirán los costos de todos los participantes en la cadena; e) Se podrá adelantar procesos de conciliación en forma más oportuna;  f) Se podrán realizar consultas en línea y g) Se facilitará la trazabilidad de las operaciones.

Finalmente es importante tener en cuenta que la factura electrónica será obligatoria a partir de 2019 para todos aquellos que declaran y pagan IVA e Impuesto al consumo y que el gobierno dentro de sus objetivos está considerando establecer un mercado unificado para el factoring.  

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