Ir al contenido principal

Régimen Simple de Tributación en Colombia- Simple Tax Regime in Colombia


El artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, conocida en nuestro medio como la Ley de Financiamiento, creó a partir del 1 de enero de 2019 un impuesto unificado que se pagará a través del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) con el fin de simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes que voluntariamente se acojan a él.
El simple es un modelo de tributación integral que sustituye el impuesto de renta y consolida allí:
1. Impuesto sobre la renta.
2.Impuesto nacional al consumo, cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas.
3.El Impuesto sobre las Ventas (IVA), únicamente cuando se desarrolle una o más actividades descritas en el numeral 1 del artículo 908 de este Estatuto.
4.Impuesto de industria y comercio consolidado, de conformidad con las tarifas determinadas por los consejos municipales y distritales, según las leyes vigentes y los complementarios de avisos y tableros. Las tarifas del impuesto de industria y comercio consolidado se entienden integradas o incorporadas a la tarifa SIMPLE consolidada.
Incluye los aportes del empleador al sistema general de pensiones.
Image result for save the tax

La base gravable en este régimen la constituye la totalidad de los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el año gravable. No se incluyen los ingresos constitutivos de ganancia ocasional ni los ingresos no constitutivos de renta.
Pueden optar al impuesto unificado bajo el régimen SIMPLE las personas naturales o jurídicas que cumplan las siguientes condiciones:
  • Persona natural que desarrolle una empresa o una persona jurídica en la que sus socios, partícipes o accionistas sean personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en Colombia.
  • Haber obtenido en el año gravable anterior (2018) ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT (COP$ 2.652.480.000). En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas creadas a partir del 1 de enero de 2019, la inscripción en el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Simple) estará condicionada a que los ingresos del año no superen estos límites.
  • Si uno de los socios persona natural tiene una o varias empresas o participa en una o varias sociedades, inscritas en el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Simple), los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada y en la proporción a su participación en dichas empresas o sociedades.
  • Si uno de los socios persona natural tiene una participación superior al 10% en una o varias sociedades no inscritas en el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Simple), los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada y en la proporción a su participación en dichas sociedades.
  • Si uno de los socios persona natural es gerente o administrador de otras empresas o sociedades, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada con los de las empresas o sociedades que administra.
  • La persona natural o jurídica debe estar al día con sus obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal, y con sus obligaciones de pago de contribuciones al Sistema de Seguridad Social Integral. También debe contar con la inscripción respectiva en el Registro Único Tributario (RUT) y con todos los mecanismos electrónicos de cumplimiento, firma electrónica y factura electrónica.

Plazo para la inscripción SIMPLE: Los contribuyentes que opten por acogerse al impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Simple) deberán inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) como contribuyentes del SIMPLE hasta el 31 del mes de enero del año gravable para el que ejerce la opción. Para el año 2019, UNICAMENTE quienes cumplan los requisitos para optar por este régimen podrán hacerlo hasta el 31 de julio de 2019.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Convenio de Doble Imposición entre Colombia y España – Agreement of Double Imposition between Colombia and Spain.

La globalización a la que hemos estado enfrentados hace algún tiempo, en la cual no solo se han integrado procesos de diferente índole, ha llevado implícita la libre movilidad y circulación de personas, bienes, servicios, capitales, conocimientos e información. De allí surgió la necesidad de diseñar mecanismos legales para regular y a la vez dinamizar este tipo de relaciones a nivel global. Como resultado de ello nacieron los Convenios de Doble Imposición (CDI), con el objetivo de establecer la forma como serán tratadas y repartidas tributariamente las rentas obtenidas por los diferentes actores económicos dentro de los estados participantes y acordar temas como la residencia fiscal, los intercambios de información, la cooperación y las forma de evitar la doble imposición. ¿Pero que es la doble imposición? Los diferentes países establecen que, para efectos de tributación, los residentes deben incluir los ingresos obtenidos mundialmente, es decir las rentas nacionales y las del ex...

¿Qué es el Underwriting? What is Underwriting?

Es un contrato entre un intermediario financiero y una compañía que requiere recursos de capital para su negocio, mediante el cual el intermediario se obliga a prefinanciar una emisión de títulos de contenido crediticio o de capital (bono, acciones, papeles comerciales u otros valores), para su posterior colocación utilizando el mercado de valores.  Es una operación típica de los banqueros de inversión para   la consecución de recursos para un negocio en marcha o para un proyecto o negocio nuevo. La realización de este tipo de contratos por parte de los emisores tiene como beneficios que se puede contar con la experiencia de un intermediario financiero que ejecute las actividades de identificación del mercado objetivo, la determinación del precio, las tasas de colocación, el plazo de redención y las estrategias de colocación de la emisión. Se pueden realizar diferentes tipos de contrato de underwriting, pero los más comunes son: a) En firme; b) Al mejor esfuerzo, y c) ...

Comentarios sobre el Mercado de Valores Colombiano y los Índices MSCI

A raíz del informe publicado por el banco JP Morgan, en el que se advierte de la posibilidad de que el mercado accionario sea reclasificado como mercado frontera, se han suscitado una serie de comentarios, en algunos casos encontrados, que no son del conocimiento de todos los inversionistas. Por tanto, nos hemos dado a la tarea de explicar en forma simple algunos de los aspectos relacionados con el tema. ¿Qué es el índice MSCI COLCAP? Es el índice de capitalización construido entre MSCI Inc., y la Bolsa de Valores de Colombia y es la referencia principal del mercado accionario colombiano. Lo componen los 20 emisores y las 25 acciones más líquidas del mercado, ponderando las acciones por capitalización de mercado. Este índice entró en vigencia el 28 de mayo de 2021. ¿Qué es el índice MSCI EMERGING MARKETS (Mercados Emergentes)? Es el índice que refleja el desempeño de empresas de gran y mediana capitalización en 25 países, definidos como mercados emergentes. Reciben esta denom...